Micelio
Auto2 de agosto de 2023

A- de 2023

Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar

Demandante Agudelo Betancourt Leidy Carolina·Demandado Administradora De Los Recursos Del Sistema General De Seguridad Social En Salud Adres

Tema · dato duro
Reclamación De Indemnización Por Muerte Y Gastos Funerarios A Causa De Accidente De Tránsito Ocasionado Por Vehículo Sin Póliza De Soat.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria Laboral
  • Reclamaciones de indemnización por muerte y gastos funerarios a causa de accidente de tránsito ocasionado por vehículo sin póliza de SOAT
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de competencia entre jurisdicciones suscitado entre el Juzgado 10º Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 1º Administrativo de la misma ciudad.

Dicha controversia se originó respecto a cuál jurisdicción le corresponde conocer y resolver la demanda presentada por una ciudadana, en representación de su hija, contra la ADRES, pretendiendo que se declare su derecho como beneficiaria y se reconozca la indemnización prevista en el Decreto 056 de 2015, que se causó como consecuencia de la muerte del padre de su hija en un accidente de tránsito que, según indican, se ocasionó por un vehículo sin SOAT.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto de jurisdicciones, la Corte aplicó la regla de decisión del Auto 817 de 2022, a través de la cual se estableció que le corresponde a la Jurisdicción Ordinaria, en su especialidad laboral y de la seguridad social, conocer de las demandas presentadas por quienes alegan su condición de beneficiarios de la víctima que fallece como consecuencia de un evento catastrófico y que pretenden reclamar ante la Subcuenta ECAT de la ADRES, la indemnización por muerte y gastos funerarios.

Lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 2.4 del CPTSS, 12 de la Ley 270 de 1996 y 15 del CGP.

Con base en lo anterior, se remitió el expediente al Juzgado 10º Laboral del Circuito de Cali para que continúe con el trámite del proceso y comunique la presente decisión a los interesados, incluyendo al otro operador jurídico involucrado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de competencia entre el Juzgado 10º Laboral del Circuito de Cali y el Juzgado 1º Administrativo Oral de Cali, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado 10º Laboral del Circuito de Cali es la autoridad competente para conocer del proceso judicial promovido.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-3478 al Juzgado 10º Laboral del Circuito de Cali para lo de su competencia y para que comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.